martes, 11 de marzo de 2014

La nueva Ley de Unidad de Mercado reducirá los costes de las pymes

Vía ELEconomista

Cepyme ha definido de "muy positiva" la aprobación del anteproyecto de ley de unidad de mercado por parte del Consejo de Ministros, porque tendrá un "gran impacto" en la reducción de los costes de las pymes, al tiempo que ha mostrado su voluntad de colaborar para impulsar esta normativa.

Para la confederación, la reducción en un 35% de las cargas administrativas asociadas al establecimiento y actividad ordinaria que afecta a las pymes, recogido en la norma, redundará en una "mejora del conjunto" de la competitividad de la economía española.
Voluntad de participar

Por otro lado, Cepyme ha recalcado su "voluntad y disposición" a participar y colaborar en todos los instrumentos administrativos creados por esta normativa con el fin de "impulsar, seguir y evaluar" el contenido de esta nueva Ley.

Asimismo, desde la organización buscarán comunicar e intercambiar información con la Administración dada la condición de "organización representativa" del conjunto de pymes de todos los sectores y territorios que ostenta.

"La proliferación y dispersión actual de la normativa autonómica y local no hace más que amplificar los obstáculos administrativos ya señalados, por lo que esta oportuna Ley de unidad de mercado generará aún mayores beneficios", sentencia.

miércoles, 5 de marzo de 2014

Presentación del modelo 720


Este mes termina el plazo de presentación del modelo 720 (31 de Marzo). Todo aquel que posea bienes o activos en el extranjero por valor superior a 50.000 € está obligado a cumplimentarlo.
(Via Rankia)

¿Qué es el modelo 720?

El modelo 720 se aprobó el pasado en 2012 como modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.

Se trata de una declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero y tiene como objetivos:
Informar sobre las cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero.
Informar sobre valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero
Informar sobre bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.

La Ley divide los bienes a informar en tres grupos distintos y para cada grupo establece exenciones en la obligación de informar sobre estos bienes.
¿Quién está obligado a presentar el modelo 720?

Están obligados a presentar el modelo 720 aquellas personas físicas y jurídicas residentes en territorio español, los establecimientos permanentes en dicho territorio de personas o entidades no residentes y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003.

El titular, representante, autorizado, beneficiario, persona o entidad con poderes de disposición o titular real, tendrá laobligación de informar acerca de las cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero, valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero y bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmueblessituados en el extranjero.

No existirá obligación de informar ningún bien de aquellos grupos en los que la suma de los bienes que lo integran no supere los 50.000 euros. En los grupos en los que la suma supere este importe existe la obligación de informar todos los bienes que lo integran. En lo relativo al grupo de cuentas en entidades financieras bastará con que lo sobrepase o la suma de los saldos a 31 de diciembre del ejercicio correspondiente o la de los saldos medios. En años sucesivos sólo se informará sobre los grupos en los que haya existido un incremento superior a 20.000 euros respecto a la última declaración presentada.
¿Cómo rellenar el modelo 720?

El modelo 720 deberá realizarse obligatoriamente por vía telemática a través de Internet. No obstante, se va a poner a disposición de los obligados tributarios un programa de ayuda con el objeto de facilitar tanto la obtención de los ficheros como su adecuada transmisión y que, al mismo tiempo, facilita su correcta cumplimentación.

Los pasos para rellenar el modelo 720 son los siguientes:
El declarante entrará en la web de la Agencia Tributaria seleccionará el modelo a presentar, modelo 720 Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero. A continuación procederá a transmitir la correspondientedeclaración con la firma electrónica generada al seleccionar el certificado previamente instalado en el navegador a tal efecto.
Si la declaración es aceptada, la Agencia Tributaria mostrará en pantalla los datos de registro de tipo 1, validados con un código seguro de verificación de 16 caracteres, además de la fecha y hora de presentación.
El declarante deberá conservar la declaración aceptada, el modelo 720, así como el registro tipo 1 debidamente validado con el correspondiente código seguro de verificación.
A continuación la Agencia Tributaria efectuará un proceso de validación de los datos suministrados de forma telemática, en el que se comprobará que las características de la información se ajustan a las especificaciones establecidas de acuerdo con los diseños físicos y lógicos.

La presentación de la declaración del modelo 720 por vía telemática a través de Internet podrá ser efectuada bien por el propio declarante o por un tercero que actúe en su representación.
¿Cómo presentar el modelo 720?

La declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero se presentará entre el 1 de enero y el 31 de marzo del ejercicio siguiente a aquel que se refiera la información del modelo 720.



lunes, 3 de marzo de 2014

Abrir tu propia tienda online con costes mínimos Drop Shipping

Supongo que os habréis dado cuenta a cantidad de tiendas online que abren cada día. Es más, es un modelo de negocio que esta en alza en tiempos de crisis.  Antes, y hablamos de hace pocos años, para montar una tienda en internet tenías que tener, una tienda o local, con los gastos que ello comportaba en todo (alquileres, suministros), además de la inversión inicial para disponer de un stock y la plataforma logística  através de la que gestionar los pedidos.

Drop shipping, Dropshipping o Drop shipment es un tipo de venta al por menor donde el minorista no guarda los bienes en su inventario, pero en cambio pasa el pedido del cliente y los detalles de envío al mayorista, quien entonces despacha las mercancías directamente al cliente. El minorista obtiene su beneficio en la diferencia entre el precio mayorista y el precio minorista

Algunos minoristas mostrarán artículos en las tiendas, de manera que los clientes puedan inspeccionar una unidad similar a la que pueden comprar. Otros minoristas sólo proporcionarán un catálogo o presencia en Internet.

El Drop Shipping puede darse cuando un minorista (quien típicamente vende en pequeñas cantidades al público general) recibe un único pedido de muchas unidades de producto. En vez de dirigir la distribución a través de la tienda minorista, el minorista acordará que los bienes sean directamente enviados al comprador.

La industria de venta de libros es un ejemplo. Las tiendas minoristas de libros normalmente venden un único ejemplar de un libro al cliente. Pero una tienda puede recibir un pedido de, por ejemplo, 50 copias de un libro de una compañía que quiere comprar esos libros para sus empleados, clientes o accionistas. El librero acordará que el mayorista (editorial) suministre los libros directamente a la compañía.

Funcionamiento
Para el Drop Shipping se recurrirá a empresas especializadas que dispongan de sus propios productos para que las tiendas virtuales ofrezcan a su público. Su misión será comprar los productos, almacenarlos, empaquetarlos y enviarlos bajo el nombre de la tienda virtual, también manejará las devoluciones.

En cuanto a la tienda virtual será propietaria de la base de datos de los clientes y quién le facturará a los mismos. Ésta deberá estar constantemente chequeando la disponibilidad de los productos así como de sus plazos de entrega.

Los directorios de dropshippers más recomendados y reconocidos son: World Wide Brands y Sale Hoo, aunque hay muchos más y son fácilmente accesibles a través de google.


viernes, 28 de febrero de 2014

Calendario fiscal marzo 2014

Marzo cierra el primer trimestre fiscal del 2014 y es un mes con pocas obligaciones fiscales a tener en cuenta.

Con fecha límite el 20 de Marzo del 2014:

Impuesto de la Renta y Sociedades: para grandes empresas podrán presentar los modelos referidos al Impuesto de Renta y Sociedades donde se declararán las retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas. 
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): hasta el 20 de Febrero se podrán presentar los modelos fiscales 303 a 380 referidos al IVA para la autiliquidación del IVA de Enero 2014.
Impuesto sobre las primas de seguros: presentación del modelo 430 para el impuesto sobre las primas de seguros. 
Impuestos especiales de fabricación: presentación de los impuestos especiales de fabricación aplicando los modelos 510 – 580.


Modelos fiscales a tener en cuenta en Marzo2014
La fecha límite para presentar los diferentes modelos fiscales es el 20 de Marzo de 2014 para los siguientes modelos:
Para los modelos 111 – 128 impuesto sobre la Renta y sociedades.
Para los modelos 303 – 380 al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Para el modelo 430 del Impuesto sobre las primas de seguros.
Para los modelos 510 – 580  impuestos especiales de fabricación.


jueves, 27 de febrero de 2014

El Gobierno creará un fondo de capital riessgo para pymes

Via CincoDias

Seis años después de la crisis, los principales indicadores de actividad empiezan a emitir con más o menos intensidad señales de recuperación. El PIB ha iniciado una etapa de crecimiento tras nueve trimestres en recesión, el paro empieza a bajar aunque sea de forma tímida y el comercio minorista toma aire tras más de tres años en caída libre. La asignatura pendiente sigue siendo el crédito, paralizado por la crisis, la morosidad y la reestructuración del sistema financiero. Consciente de que la financiación es imprescindible para que el PIB, el consumo o el empleo permanezcan en su actual senda, el Ejecutivo presentará este viernes un paquete de medidas con tres objetivos: fomentar la financiación, mejorar la liquidez empresarial e impulsar los préstamos fuera del canal bancario. Estas son algunas de las medidas que se incluirán.

Oxígeno a pymes

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, anunció iniciativas vinculadas al capital riesgo y a las pymes. Fuentes empresariales consultadas por CincoDías revelan que el proyecto consistiría en la creación de un fondo de capital riesgo, similar al FondICO, en el que la aportación pública serviría para atraer inversión privada. En la primera convocatoria del citado instrumento se lograron apalancar 1.200 millones. Esas fuentes apuntan que el objetivo sería trasladar ese modelo a las pymes con el apoyo inicial del ICO. “Serviría para financiar proyectos empresariales, con un balance que no acepta la banca y que tradicionalmente son rechazados”. Una iniciativa similar a la de otros países de la UE, en el que, además de fondos para la innovación, también se buscan para emprendimiento.

Economía incentivará a inversores para que compran facturas impagadas con descuento

Preaviso

Las pólizas a largo plazo han desaparecido y la gran mayoría de pymes se está financiando a través de pólizas a corto plazo. Las mayores exigencias a la banca está provocando un endurecimiento de las condiciones de esos préstamos que, en muchos casos, obliga a sus titulares a devolver el principal y el interés desde el primer recibo. Algo inasumible para un gran número de pymes, ahogadas por la falta de actividad y la morosidad pública y privada. Fuentes empresariales sugieren que lo que el Ejecutivo aprobará es un plazo mínimo de preaviso “de al menos tres meses” para el cambio de condiciones. “Lo que pretende es apretar las tuercas a las entidades financieras para que no corte de forma masiva las pólizas a corto plazo. Que una empresa no pueda hacer frente al principal no significa que no sea solvente”, apuntan.

Fondo de facturas

La falta de liquidez de las empresas ha obligado a muchas de ellas a llevar sus facturas impagadas a la banca para cobrarlas con un descuento. Esta fórmula, conocida como factoring o confirming, consiste en que las empresas presentan sus facturas a la entidad financiera, estas se las abona aunque no las haya cobrado y el beneficio que se obtiene es que se le hace un descuento sobre el importe total de la deuda. “En la actualidad es el principal mecanismo de financiación de las pymes”, subrayan. Lo que podría estar barajando es crear un mecanismo atractivo fuera del sector bancario para que gestoras multinacionales tuvieran un incentivo para empezar a comprar deudas empresariales con descuento.



La banca deberá avisar con tres meses de antelación cuando cambie las condiciones de un préstamo

Hipoteca mobiliaria

El Ejecutivo ya hizo algún avance en este asunto en la ley de Emprendedores, en las que estableció una parte inembargable del patrimonio para aquellos autónomos sujetos a un embargo. En lo que se está trabajando ahora es en un borrador de garantías mobiliarias con el fin de aunar una legislación dispersa y con el principal objetivo de que no solo las garantías inmobiliarias sean necesarias para la concesión de préstamos. Este texto no se presentará este viernes, sino que se tramitará en paralelo a la Ley Financiera, prevista para finales de marzo. El principal objetivo es que, por ejemplo, un agricultor pueda hipotecar sus futuras cosechas para lograr un préstamo o que un taxista pueda utilizar su para financiarse.

Ley ascensor

El Gobierno quiere poner en marcha la denominada Ley Ascensor, cuyo principal objetivo es facilitar la cotización en Bolsa de las pymes que ahora lo hacen en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB). El diseño sobre el que trabaja Economía permitirá que las empresas adquieran billete de ida y vuelta, de modo que las empresas bursátiles que cotizan con tamaño y liquidez reducidos puedan, según adquieren más peso, entrar en el continuo. El MAB solo cuenta en la actualidad con 23 empresas participantes lo que impide, según el Ejecutivo, garantizar un crecimiento de ese mercado en el medio plazo.

Ley concursal

Evitar el concurso y facilitar las refinanciaciones. Esta es la filosofia que emana de un plan que busca que las empresas sobreendeudadas puedan pactar con la banca el canje de deuda por capital evitando la suspensión de pagos. Un proyecto que se enfrenta, por un lado, a las múltiples obligaciones que impone el Banco de España y el BCE a las entidades financieras para sanear sus balances y por otro al rechazo de la propia banca para provisionar esa deuda y al mismo tiempo no conocer la consideración que tendrá ese pasivo en el caso de que la compañía finalmente suspenda pagos.

miércoles, 26 de febrero de 2014

Los empresarios solo pagarán 100 euros de cuotas al mes por los nuevos fijos

Via 5Dias.com.

No se esperaban novedades en el terreno laboral entre los anuncios previstos para el debate sobre el estado de la nación, pero saltó la sorpresa. El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, anunció una importante rebaja de cotizaciones para las nuevas contrataciones indefinidas.

En concreto, con efectos a fecha de hoy mismo, se aplicará una tarifa plana de 100 euros mensuales en las cotizaciones por contingencias comunes que los empresarios pagan a la Seguridad Social cuando contraten a cualquier nuevo trabajador de forma indefinida, independientemente de su edad.

Solo habrá dos condiciones para disfrutar de esta rebaja: la primera es que dichas contrataciones supongan aumentar la plantilla en términos netos. Esto evitará que el empresario pueda despedir a unos para contratar más barato a otros. Y la segunda, que estén contratados al menos tres años.

Así, la tarifa plana se aplicará durante 24 meses, pero si a lo largo de estos dos primeros años o en el tercer año de contratación se produjera el despido del trabajador bonificado, el empresario debería devolver la parte de las cotizacioes que no ha pagado por acogerse a la medida.

La norma que aprobará el próximo viernes el Consejo de Ministros precisará que esos 100 euros se aplicarán a todas las empresas, independientemente de su tamaño. Asimismo, previsiblemente la ley exigirá –como lo hace habitualmente en este tipo de ayudas– que la compañía esté al corriente de pago en sus cotizaciones a la Seguridad Social; y no habrá podido realizar despidos colectivos ni despidos individuales que sean declarados improcedentes en los seis meses anteriores a la celebración de los nuevos contratos

A efectos prácticos, el ejemplo que puso Rajoy durante su discurso es que en un sueldo bruto de 20.000 euros al año, el empresario debería abonar por la cotización por contingencias comunes 5.700 euros anuales y con la tarifa plana solo tendrá que pagar 1.700 euros al año durante dos ejercicios, con lo que se ahorrará 4.500 euros anuales o 9.000 euros en los dos años que dure la ayuda. De esta forma, la medida anunciada supondrá una rebaja del 75% de las cotizaciones que paga el empresario.

La regulación no afecta a la aportación del trabajador ni a la aportación empresarial por el resto de contingencias (desempleo, FOGASA y Formación Profesional), respecto a las que se aplicarán las reglas ya vigentes de cotización. Tampoco tendrá impacto en la cuantía de las prestaciones económicas a las que puedan tener derecho los nuevos trabajadores, que se calcularán aplicando el importe íntegro de la base de cotización, según aclaró después el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Esta iniciativa se suma a la tarifa plana de 50 euros para todos los nuevos trabajadores autónomos independientemente de su edad, que también aprobó el Gobierno hace unos meses.

Más crecimiento

Como no podía ser de otra manera, la patronal CEOE-Cepyme recibió positivamente esta medida. Pero los sindicatos se apresuraron a criticar la rebaja de cuotas, “porque además de un golpe a los ingresos de la Seguridad Social, que se hará a costa de trabajadores y pensionistas, actuará en dirección contraria a lo demandado por los sindicatos, ya que si se quiere incentivar la contratación indefinida, habría que penalizar la contratación temporal”, advirtieron desde Comisiones Obreras.

Por su parte, UGT alertó que una vez que pasen los tres años de contratación que se exigen para mantener las ayudas recibidas en los dos primeros años, “los empresarios tendrán disponible la herramienta que les ha proporcionado la reforma laboral para permitir el despido de ese trabajador más fácil y más barato”.

Rajoy hizo este anuncio después de haber recordado la situación económica que encontró cuando llegó al Gobierno, a finales de 2011, con España al borde del precipicio, como rezaba uno de los titulares que rescató de la hemeroteca; y cuáles son en la actualidad los últimos indicadores de actividad, entre los que destacó la buena marcha de las exportaciones, el incremento de la inversión extranjera y el récord en turismo, entre otros.

Por todo ello y gracias a ese cambio de rumbo en la política económica, resaltó que después de nueve trimestres consecutivos de caída de la producción, de julio a septiembre de 2013 la economía española logró abandonar la recesión. Esta mejora se mantuvo al final del ejercicio y en este comienzo de 2014, lo que posibilitará, según confirmó el presidente, que el Gobierno revise al alza el cuadro macro que debe remitir a Bruselas el próximo mes de abril.

Así, la nueva estimación de crecimiento para este ejercicio será del 1% (frente al 0,7% inicial) y del 1,5% para 2015. El jefe del Ejecutivo se mostró convencido de que el sector exterior seguirá siendo el principal protagonista, con un saldo positivo en la balanza por cuenta corriente y de capital del 2% este año y del 2,5% en 2015.

“Todo ello nos permitirá avanzar en nuestro objetivo primordial: favorecer la creación de empleo. Este año se creará ya empleo neto, tanto en términos de contabilidad nacional, como en la encuesta de población activa (EPA)”, apuntó el presidente para acto seguido reiterar lo que ya había avanzado días atrás. “A día de hoy tenemos más afiliados a la Seguridad Social que en las mismas fechas de 2013”, remarcó Rajoy, aunque eludió dar la cifra concreta a la espera del cierre de febrero.

Además del problema del empleo, la reforma fiscal o las nuevas medidas que tratarán de mejorar el acceso al crédito de grandes y pequeñas empresas, Rajoy se refirió en su discurso a la modernización de las administraciones públicas, los incentivos a la internacionalización de las compañías, la apuesta por Europa y la corrupción.

Sobre este último aspecto, Rajoy mostró su confianza en que debe haber una respuesta “clara y contundente” para aquellos comportamientos que incumplan la legalidad. Es más, anunció la reforma de la legislación procesal en materia de corrupción “porque necesitamos más agilidad y eficacia en la actuación de los Tribunales de Justicia”. “Es necesario que la Justicia llegue a todos por igual, pero que lo haga a tiempo”, apostilló.

martes, 25 de febrero de 2014

Una nueva radio online solo para emprendedores

Via Emprendedores

Radio Emprende inicia su programación para acompañar a los emprendedores, durante las 24 horas del día y a través de Internet, mientras desarrollen su labor empresarial.

Se estrena oficialmente Radio Emprende. Una emisora destinada a convertirse en la acompañante de los emprendedores mientras realicen su trabajo y que se dedica a informar y motivar a aquellos que ponen su ilusión y esfuerzo en llevar adelante sus proyectos.

Radio Emprende realiza diariamente informativos sobre aspectos relacionados con el emprendimiento y ofrece entrevistas a emprendedores o reportajes acerca de las herramientas más productivas. 

Además la programación ofrece la opinión de expertos, música, frases célebres para apoyar el emprendimiento y fragmentos de discursos motivadores.

Radio Emprende será la emisora oficial del Salón Internacional de la Franquicia 2014 que se celebrará en Feria Valencia del 16 al 18 de octubre. Así, la radio difundirá durante todo el año las novedades del certamen y llevará a cabo sus emisiones desde las instalaciones de Feria Valencia en los días del salón.

La programación se puede seguir en radioemprende.com o en las aplicaciones disponibles para IOS y Android.


miércoles, 19 de febrero de 2014

Oportunidades de Financiación Europea

Via Emprendedores.es

Jornada Horizon 2020: 27 de febrero en Valencia
El objetivo de esta jornada es dar a conocer las oportunidades para las PYMES valencianas en el marco de los Fondos Estructurales FEDER, Programa HORIZON 2020, Programa COSME y RIS3 de la Unión Europea.

Horizonte 2020 (H2020) es el nuevo instrumento financiero de la Comisión Europea para las empresas e instituciones, implementado en el periodo desde 2014 a 2020, y estará dotado de un presupuesto aproximado de 80.000 millones de euros. Pretende propiciar un liderazgo industrial, crecimiento, bienestar, seguridad y empleo en un entorno de sostenibilidad medioambiental con el objetivo final de que en el 2020 el 3% del PIB de la Unión Europea se invierta en I+D.

Programa:

16.30 Presentación de la Jornada. Jesús Casanova. Director General CEEI Valencia

16.40h.Fondos Estructurales FEDER. Novedades 2014-2020

Dirección General de Proyectos y Fondos Europeos

17.00h.Financiación de las PYMEs en el Marco Europeo.H2020, COSME (Programa para la Competitividad de las Empresas y para las PYMES) y EEN (Enterprise Europe Network).

Rafael Escamilla. Jefe de Proyectos Europeos. IVACE

17.10h.La red Enterprise Europe Network EEN-SEIMED en la Comunitat Valenciana

Paula Rico. Coordinadora de SEIMED-EEN. IVACE

17.25h.Horizon 2020: Apoyo a las PYME valencianas y Convocatorias 2014-2016. Programa Marco para la Investigación y la Innovación

Carmen Marcos. Coordinadora de H2020 en SEIMED-EEN. IVACE

17.45h.Estrategias de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente (RIS3 CV)

Roberto Parras. Jefe Área de Redes de Innovación y Tecnología. IVACE

18.00h. Preguntas

18.15h. Pausa

18:30h.Oportunidades disponibles para las pymes en I+D+i

Manuel Marco. Director BiConsulting

19.30h. Clausura

Para asistir a esta jornada es obligatorio inscribirse previamente en este enlace.

lunes, 17 de febrero de 2014

Reforma laboral: ¿qué otros puntos podrían declararse inconstitucionales?

Vía: El economista

El segundo aniversario de la reforma laboral ha venido cargado de polémica. A la cifra del paro del mes de enero -que dejó como balance la destrucción de 184.000 nuevos puestos de trabajo, planteando nuevamente dudas sobre la utilidad real de la norma- se le suma ahora el primer pronunciamiento del Tribunal Constitucional sobre el contenido de la norma, que declara la constitucionalidad de tres puntos clave.

El Alto Tribunal, a raíz de una cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Social 34 de Madrid, se pronuncia sobre varios extremos: el régimen transitorio aplicable a la reducción de los días de indemnización por despido, los retoques en materia de salarios de tramitación -que dejan de pagarse cuando el empresario opte por no readmitir al trabajador-, y el uso de la vía del Real Decreto-ley para aprobar la norma. Todas estas previsiones se ajustarían, según el auto, a la Carta Magna.

Sin embargo, lejos de tratarse de un visto bueno generalizado al Real Decreto-ley, aún quedan otras materias sobre las que el Alto Tribunal no se ha pronunciado. Por ejemplo, el nuevo contrato indefinido de apoyo a los emprendedores, que permite mantener al trabajador en periodo de prueba durante hasta un año, lo que, en la práctica, permite el despido libre de trabajadores durante ese plazo.

1. 'Despido libre'. El llamado contrato indefinido de apoyo a los emprendedores -del que pueden echar mano emprendedores y pymes, es decir, más del 95% del tejido productivo- permite mantener al empleado en periodo de prueba durante un año, superando el límite de 6 meses que establece de forma general el Estatuto de los Trabajadores (ET)-.

Ello supone, en la práctica, poder despedir al empleado sin preaviso ni indemnización durante ese tiempo y hasta la finalización del periodo.

Se trata de uno de los puntos que más dudas ha despertado entre los juristas. De hecho, el Juzgado de lo Social nº 2 de Barcelona dictó el pasado 19 de noviembre una sentencia en la que considera ilegal tal periodo de prueba, por ir en contra de la Decisión de 23 de mayo de 2012 de la UE -que tiene valor de jurisprudencia- para un caso idéntico relativo a Grecia.

En aquel caso, se sentó por unanimidad que no se podía considerar "en ningún caso como razonable un periodo de prueba de un año". Además, los expertos señalan que existe jurisprudencia del Supremo anterior a la reforma que considera este periodo abusivo.

2. Negociación colectiva. En cuanto a la negociación colectiva como instrumento para llegar a un acuerdo en cuanto a las condiciones laborales aplicables a los trabajadores (contrato o convenio colectivo de trabajo), la reforma obliga a las partes a acudir al arbitraje obligatorio cuando las partes no lleguen a un acuerdo una vez cumplido el periodo máximo de negociación, a pesar de que normalmente acudir a esta vía extrajudicial es una solución voluntaria.


Precisamente este punto ha planteado dudas entre quienes se dedican al Derecho, que hablan de su posible inconstitucionalidad por atentar contra la libertad negociadora de las partes y mermar el derecho a la negociación colectiva. Son muchos los que opinan que las partes implicadas deben ser las que libremente decidan someterse a esta vía, cuyas resoluciones tienen el mismo valor que una sentencia judicial.


3. Descuelgue del convenio. También se ha tachado de inconstitucional el hecho de que la norma prevea que, cuando concurran causas "económicas, técnicas, organizativas o productivas", la dirección de la empresa pueda inaplicar el convenio colectivo firmado y dejar de lado las condiciones que éste prevea (antes esto sólo era posible ante la presencia de "pérdidas").


Ello significa que, cuando concurran estas causas, la empresa podrá modificar unilateralmente la jornada de trabajo (antes no se podía cambiar, por ninguna causa), el horario y distribución del tiempo de trabajo, los turnos, el sistema de trabajo y rendimiento, sus funciones (más allá de lo permitido en la movilidad funcional), y las mejoras voluntarias de la acción protectora de la Seguridad Social.


En caso de desacuerdo, la empresa puede someter el caso a un órgano administrativo, la Comisión Consultiva, que decidirá sobre el caso sin que precise para ello la aquiescencia de los trabajadores. Esta fórmula se considera inconstitucional por muchos juristas, que la tachan de incompatible con el derecho a la negociación colectiva.


A ello se suma que la reforma laboral establece la prioridad de aplicación del convenio de empresa -en el que la posición del trabajador a la hora de negociar es más débil- sobre cualquier convenio de ámbito territorial superior. Así, se saca de la ecuación al sindicato de nivel regional o nacional, cuyo trabajo negociador puede quedar inaplicado.


También en este punto se habla de un posible caso de inconstitucionalidad, por atentarse contra la negociación colectiva y los sindicatos como parte legitimada para ejercer ese derecho constitucional.